top of page

Simultaneidad de licencias y cumplimiento de sanciones en la RFFM.

  • Foto del escritor: Daniel Ramírez Higuera
    Daniel Ramírez Higuera
  • 5 dic 2023
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 14 may 2024





Como asesor jurídico de clubes, se me ha dado varias veces la casuística de responder esta duda que muchos entrenadores y directivos de clubes modestos tienen sobre la simultaneidad de licencias. ¿Si me sancionan como jugador con X partidos de suspensión, puedo seguir dirigiendo partidos como entrenador en otro equipo y viceversa? En ese mini artículo resolveré esta cuestión para que sirva de guía a cualquier persona o club que tenga la misma pregunta.


Como todo en derecho, la respuesta será "depende". ¿Depende de qué? En el caso de la Real Federación Madrileña de Fútbol (en adelante RFFM) será la calificación de la sanción la que determine si las sanciones impuestas bajo el uso de una licencia deberán cumplirse también en la otra licencia simultánea. Muestro a continuación un caso práctico muy reciente que se me ha planteado sobre este tema para entenderlo mejor.

Tenemos a un jugador con licencia de aficionado en un club X que es también entrenador dado de alta con licencia en un club Y. Según el Reglamento General de la RFFM en su artículo 2.2 del Libro IV, esto está permitido ya que los futbolistas podrán compatibilizar la licencia de jugador con la de entrenador siempre que sean expedidas a favor de equipos de clubes que militen en categorías distintas. En el presente caso el jugador pertenece a la categoría de aficionado y a la vez es entrenador, con su titulación, en un equipo de categoría cadete por lo que no habría impedimento alguno en expedir ambas licencias.


Durante un encuentro como jugador con su equipo, es expulsado por doble amonestación, lo que acarrea un partido de suspensión. A la jornada siguiente, el jugador no juega con su equipo para cumplir la sanción pero tiene dudas sobre si puede o no participar como entrenador en su otro quipo por miedo a cometer alineacion indebida y perjudicarles.


La respuesta a esta casuística sobre simultaneidad de licencias viene resuelta de manera muy clara por el Reglamento Disciplinario de la RFFM en su artículo 56. En el mencionado artículo se señala que "El modo de cumplimiento de las sanciones impuestas como consecuencia de la comisión de infracciones para los casos en los que exista una simultaneidad de licencias de las permitidas en el Reglamento General de la RFFM, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento Disciplinario de la RFFM, si bien, las sanciones por infracciones de carácter leve se cumplirán en las competiciones en las que el infractor se encuentra haciendo uso de una determinada licencia, las de carácter grave o muy grave, en cualquier competición, ello con independencia de la licencia que se estuviera usando en el momento de la comisión de la infracción."


En el presente caso, la sanción del jugador fue de carácter leve, pues se tipificaba en el artículo 40.1 del Reglamento Disciplinario, que indica lo siguiente: "Cuando, como consecuencia de una segunda amonestación arbitral en el transcurso de un mismo partido, se produzca la expulsión del infractor, este será sancionado como autor la comisión de una infracción de carácter leve con suspensión durante un encuentro ...". De esta manera, el jugador sancionado si podía participar como entrenador sin problemas en su otro equipo durante la jornada. En caso contrario si la sanción hubiera sido de carácter grave o muy grave, tal y como nos indica el referido artículo 56, si que hubiera tenido que cumplirse con ambas licencias. En resumen, siempre habrá que ver primero que sanción se ha impuesto y el carácter o califiación de esta para despues dirimir si se extiende también a la otra licencia simultánea.


Para terminar, hacer hincapié en la importancia de la figura del asesor jurídico también dentro de los clubes modestos, ya que ayudan a resolver cualquier tipo de dudas sobre el reglamento vigente evitando asi con antelación alineaciones indebidas u otras sanciones mas graves. El trabajo de prevención de un asesor jurídico es vital para el desempeño de un club de fútbol asi como otras instituciones del deporte ya que muchas veces, los reglamentos y procedimientos no son tan claros como en esta ocasión y ciertas situaciones requieren de conocimientos jurídicos específicos para resolver las controversias que puedan surgir de la manera más favorable para el club.



Daniel Ramírez Higuera

Escrito por:


Daniel Ramírez Higuera

Abogado Especialista en Derecho Deportivo







© 2023 por DRH Abogados | Todos los derechos reservados.

bottom of page